
Por disposición del Juez Subrogrante, Dr. Javier Pedro Bértora, Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 12 con asiento en la ciudad de San Lorenzo, se ha dictado lo siguiente: “Protocolo 2026 N° 227. SAN LORENZO, 14 de Abril de 2026. Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I.- Tener por auténticas las copias agregadas y por reconstruidos los autos caratulados “COMUNA DE TIMBUES C/ SORRENTINO RICARDO HERNAN S/ APREMIO – RECONSTRUCCION” (CUIJ 21-23364671-4). II.- Hágase oponible la reconstrucción del expediente ordenada, por cuanto derecho hubiere lugar, y en función de cuanta persona se entienda con derecho; no asistiendo ejecutoriada que fuere la misma, reclamo, oposición o recurso alguno. III.- Notifíquese la presente resolución conjuntamente por cédula a las partes, y profesionales intervinientes, y por edictos (art. 67 del CPCC) y en un diario y/o revista y/o sitio de internet de amplia difusión en la localidad de San Lorenzo y de la Localidad de Timbúes, debiendo acompañar las constancias que acrediten tales extremos, a sus efectos. Fecho, se tendrá por último acto procesal válido aquel cuya notificación se encuentre fehacientemente acreditada en este expediente reconstruido, continuando el trámite a partir del mismo. VI.- Continúen los autos según su estado. Insértese y hágase saber.- DRA. LARA BELEN FAVRO, Secretaria. DR. JAVIER PEDRO BÉRTORA, Juez Subrogante.” Autos caratulados: “COMUNA DE TIMBUES C/ SORRENTINO, RICARDO HERNAN S/ APREMIO – RECONSTRUCCION”, CUIJ N° 21-23364671-4.-